ANÁLISIS SOBRE LAS NORMAS DEL SISTEMA EDUCATIVO DOMINICANO PARA LA CONVIVENCIA Y LA DISCIPLINA ESCOLAR EN LOS CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS Y PRIVADOS
Introducción
El siguiente análisis se ha centrado en el
estudio de las normas del sistema educativo dominicano para la convivencia y la
disciplina escolar en los centros educativos públicos y privados. Esta
normativa surgió como mecanismo para garantizar la sana convivencia de la
comunidad educativa y crear el ambiente idóneo para el aprendizaje de los
estudiantes.
Las normas del sistema educativo para la
convivencia y la disciplina escolar en los centros educativos públicos y
privados contienen las pautas para regular el comportamiento de los educandos
en el centro, esta norma plantea los derechos, deberes y obligaciones de los
mismos así, como la responsabilidad del
personal docente y administrativo. Esta normativa se fundamenta en el código de
protección del niño niña y adolecentes, Ordenanza 4´99 y 4´2000.
Hemos realizado esta investigación con la
finalidad de nutrirnos con todo lo referente al tema y familiarizarnos con la
realidad del sistema educativo de nuestro país y adquirir las competencias
adecuadas que nos serán útiles a la hora de solucionar un conflicto en el salón
de clase.
El
contenido de esta investigación se desarrolla en dos breves capítulos en los
cuales se expresan los resultados obtenidos mediante el análisis.
En el capitulo número uno se plantean las
disposiciones generales de la normativa, sus objetivos y las fuentes de la cual
se nutre:
1.1Normativas del sistema educativo para la
convivencia y la disciplina escolar
1.2 principios y fundamentos; 1.3 derechos y
deberes de la niñez y adolescencia en el sistema educativo dominicano.
En el capítulo II, está contenido 2.1
responsabilidad del personal docente y administrativo en la disciplina escolar;
2.2 Hechos susceptibles de corrección y sanción; 2.3 Procedimiento de
aplicación de las medidas correctivas y sanciones.
Objetivos
v Adquirir
los conocimientos necesarios sobre las normas de convivencia del sistema
educativo dominicano, para promover una cultura de paz entre nuestros estudiantes.
v Identificar
donde radica el problema que está afectando la convivencia de los actores del
sistema educativo.
v Conocer
los hechos sancionables en el centro educativo y conocer sus reglas de
aplicación.
Capítulo I
1.1 NORMATIVAS DEL SISTEMA EDUCATIVO
DOMINICANO PARA LA CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR EN LOS CENTROS EDUCATIVOS
PÚBLICOS Y PRIVADOS
Las
normativas del sistema educativo dominicano para la convivencia y disciplina
escolar en los centros públicos y privados la compone el conjunto de disposiciones que establecen
las pautas disciplinarias relativas al comportamiento de los educando y el
personal directivo y administrativo de cada centro educativo.
La
normativa de convivencia se centra en el estudiante como actor principal del
proceso de enseñanza aprendizaje, por lo que la practicas pedagógicas debe
girar en torno a las necesidades e intereses de los educando tanto en los
centros públicos como privados. Esta busca el fortalecimiento de una cultura de
paz en la sociedad Dominicana de forma
específica en las escuelas.
El
objeto de esta normativa es el establecimiento del marco rector y normativo,
de regulación de la convivencia en los centros educativos de nuestro país, con
la finalidad de modelar un ambiente adecuado para los aprendizajes de los
estudiantes.
El
contenido de estas normas delimita los derechos y deberes objeto de
supervisión, evaluación y control en el sistema educativo. Es aplicable a los a
los planteles educativos no universitario, durante el horario lectivo
establecido en el calendario escolar es decir, que los conflictos efectuados
fuera del plantel y en horarios extra curricular no pueden ser solucionado, ni
sancionado mediante esta normativa aunque involucre los actores del sistema.
1.2 PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS
Esta norma se sustenta en los
siguientes principios:
El respecto a la dignidad de todos los miembros
de la comunidad educativa.
La
prevención de la violencia y la fomentación de una cultura de paz.
Solución
pacifica de los conflictos.
El enfoque de los derechos humanos como
regla de oro en las instituciones educativas en donde se respeten y se hagan
respetar los mismos.
La normativa de convivencia y disciplina
se nutre de los postulados establecidos en la ley 136-03 Código del sistema de
protección y derechos fundamentales de los niños, niñas y adolecentes; la
ordenanza n 4´99 que establece el reglamento de los centros educativos públicos
y la ordenanza 74´2000 las instituciones educativas privadas.
A continuación mostraremos algunas de las
normativas que contienen las fuentes mencionadas anteriormente y su relación con
la normativa de convivencia y disciplina.
1.2.1 Ley
136-03:
Establece en su art.48 que la disciplina escolar debe ser administrada
conforme con los derechos, garantías y deberes de los niños y adolescentes y que este reglamento debe
establecer los hechos susceptibles de sanción. También plantea que los
estudiantes deben ser informados oportunamente de las disposiciones del
reglamento al inicio de cada año escolar.
1.2.2 Ordenanza
4´99
Es la ordenanza que establece el
reglamento de las instituciones educativas públicas. Esta plantea que los
estudiantes son los acreedores a los derechos y el cumplimiento de los deberes
y obligaciones.
En cuanto a sus obligaciones estos deben
ser el eje central del proceso educativo, por lo que toda la práctica debe
girar en torno a ellos. Dice que el incumplimiento a las normas de convivencia
y las acciones que afecten directamente la integridad física de los miembros de
la comunidad educativa serán clasificados como faltas que pueden ser leves o
graves y darán motivos a sanciones disciplinarias que afectaran el rendimiento
escolar la conducta y el expediente personal.
1.2.3 Ordenanza
4´2000
Plantea que el proceso debe estar
orientado a las necesidades e intereses de los alumnos; que los estudiantes en
condición de miembros de la comunidad educativa deben ser respetados por todos
los demás miembros y tienen deber que cumplir. Expresa que la efectividad del
régimen disciplinario y el buen desarrollo de las actividades docente serán el
resultado de la actuación conjunto de todos los actores del proceso.
Esta ordenanza explica que serán
sancionados las faltas o incumplimientos de los deberes y normas de convivencias,
el irrespeto y las perturbaciones al
trabajo en el aula.
Toda sanción estará orientada hacia la
correcta formación del alumno y al buen funcionamiento de la institución.
1.3 DERECHOS
Y DEBERES DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA EN EL SISTEMA EDUCATIVO DOMINICANO.
La misión del sistema educativo es que los
estudiantes logren el máximo nivel de aprendizaje y con la implementación de
las normas de convivencia busca crear el ambiente idóneo para que los educando
alcancen este objetivo.
En el contexto educativo se enfatizan los
siguientes derechos acordes con el código de protección del niño y adolecente:
Todos los estudiantes que componen el
sistema educativo dominicano tienen derecho a una educación de calidad que
promueva la igualdad en los aprendizajes; Recibir docencia de acuerdo al
calendario escolar vigente en el país.
El estudiante tiene derecho a recibir una
atención personalizada a la necesidad de aprendizaje en cada momento y a
participar de la construcción de una comunidad educativa respetuosa y tolerante
capaz de modelar una educación en donde no exista la discriminación de ningún
tipo.
El educando posee múltiple derechos que le
garantiza la satisfacción de sus necesidades en el centro educativo pero
también tiene deberes que cumplir que evidencia su participación democrática en
el centro. Dentro de estos deberes citamos los siguientes:
Colaborar con el desarrollo del plan anual
y norma del centro educativo respetando el ideario del mismo también cuidar las
instalaciones y equipamiento del mismo.
Participar activamente en las actividades
de aprendizajes individuales y en equipo; llevar a cabo las tareas con la
autonomía y responsabilidad propia de la edad aceptando las orientaciones del
personal del centro.
Cumplir con los requisitos evaluativos
establecido oficialmente para obtener la titulación correspondiente a cada
nivel.
Acatar las medidas correctivas y sanciones
a las que puede ser acreedor en la aplicación del reglamento de convivencia de
cada centro educativo. El estudiante debe de cumplir con todos los deberes y
obligaciones contenidos en el reglamento disciplinario de centro educativo.
Las normas y deberes de los estudiantes
tienen la finalidad de crear en las escuelas un ambiente sano, a la vez que van
enseñando al niño y adolecente que la sociedad requiere ciudadanos responsables
que incidan en el mejoramiento de la misma. Cuando se inculca a los niños y
adolecente en el cumplimiento de los deberes estamos preparando la base de una
sociedad futura con adultos responsables de sus actos y conocedores de sus
derechos.
Capítulo
II
2.1 RESPONSABILIDAD DEL PERSONAL DOCENTE Y
ADMINISTRATIVO EN LA DISCIPLINA ESCOLAR
Los docentes y el personal administrativo son
la representación adulta en los centros educativos, por lo que deben ser el modelo
de desarrollo integral para los alumnos, por ende deben presentar una correcta
conducta ética y profesional.
El personal docente y administrativo como
modelo a seguir por los educando debe estar sujeto a los derechos y deberes
contenidos en el Estatuto Docente tales como: Conocer y respetar la personalidad
e integridad de los alumnos, velando su seguridad; establecer el respeto mutuo
en la comunidad educativa y abstenerse del acoso sexual a sus estudiantes y
compañeros.
El docente se encuentra sujeto a un
régimen disciplinario definido en el estatuto el cual establece como
sancionable el trato inadecuado a los alumnos y padres como también a sus
compañeros de trabajo en si el maestro debe tener un buen trato con toda la
comunidad educativa.
Cada docente de forma particular se
encuentra obligado a dar a conocer las normas al inicio del año escolar
colocándola en un lugar visible para los estudiantes.
Los directores de los centros educativos
tienen la responsabilidad de verificar las causas de inasistencia de los
estudiantes auxiliándose del comité de padres y aplicar las sanciones
correspondientes después de un análisis de los hechos y una reunión con el
coordinador y psicólogo del centro.
2.2 HECHOS SUSCEPTIBLES DE CORRECCIÓN Y
SANCIÓN.
En los
centros educativos públicos y privados las sanciones de los estudiantes serán
acorde a las normativas establecidas en el reglamento disciplinario. Estos
hechos serán clasificados como faltas leves y faltas graves dependiendo de la
magnitud del acto.
Las
faltas leves son aquellas en la que incurre el estudiante por primera vez, las
que no atentan con la integridad de otros o aquellas que con el simple dialogo
con el estudiante pueden ser solucionadas tales como Tardanzas injustificadas
menores al cinco por ciento del calendario escolar; distracciones o
interacciones esporádica a la labor del aula; descuido en la presentación
física y uso de uniforme; ensuciar el espacio físico del centro.
Las
faltas leves son muy frecuentes en los estudiantes debido a que son niños,
procedentes de diferentes entornos sociales, con costumbres y situaciones
familiares diferentes pero estas acciones no deben ser justificadas sino
corregida a su debido tiempo para que los implicados reorienten sus conductas.
En
cuanto las faltas graves que serán
sancionadas según este reglamento están: ausencias injustificadas mayor al
cinco por ciento del calendario escolar; trato irrespetuosos a los miembros de
la comunidad educativa; deterioro de infraestructura.
Otras
faltas consideradas graves son salidas del centro en horarios de clases;
fraudes en la ejecución de pruebas e irrespeto a los símbolos patrios.
Existen también hechos sancionados como muy
graves estos no llevan solo una sanción en los centros educativos sino que
trascienden al ámbito judicial como son robos o complicidad en los mismos,
acosos físicos, sexuales o sociales, falsificación de documentos, consumo de
drogas y porte de alma de cualquier tipo.
Los
centros educativos a través de sus reglamentos disciplinarios pueden
especificar otros hechos susceptibles de corrección y sanción siempre y cuando
esté acorde con las normas de la ley
136-03.
2.3 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE LAS
MEDIDAS CORRECTIVAS Y SANCIONES.
Las
medidas educativas correctivas son aquellas
destinadas a responsabilizar a cada estudiante de las consecuencias de
sus actos, combinando la reflexión aleccionadora
sobre el adecuado proceder.
El
docente puede aplicar las medidas correctivas en faltas leves siempre que sea necesario
contando con la participación de la dirección del centro y la familia del
educando de forma diferenciada y según lo amerite cada caso, para esto debe
realizar: dialogo reflexivo con el estudiante y sus padres también puede enviar
una comunicación a los padres del alumno o pedir al estudiante que se excuse en
público, las medidas correctivas depende de las faltas cometidas por el alumno.
Si el
alumno incurrió en faltas graves puede ser privado temporalmente de los
beneficios que brinda al centro, la sanción aplicada deberá contar en el
expediente académico personal y si vuelve a incurrir una segunda vez en la
falta será separado del aula, hasta un
máximo de tres días y en casos muy graves
retiro definitivo del centro.
Estas
sanciones serán autorizadas luego de un correspondiente informe técnico, por la
dirección del centro, con conocimiento por escrito del estudiante y su familia.
Para hacer efectiva una sanción el director de la escuela debe enviar un
comunicado por escrito al área de
orientación, psicología y atención a la diversidad del distrito educativo ya
que este es el único organismo competente para evaluar las faltas graves.
Los
alumnos y familiares podrán apelar ante una sanción que no estén de acurdo. En
caso de que el centro mantenga el criterio sancionador el estudiante y familia
podrá dirigirse al Distrito Educativo para hacer velar sus derechos de
apelación, lo cual no impide al centro proceder a ejecutar la sanción, en caso
de que la sanción aplicada sea desaprobada por el distrito el centro educativo
deberá reparar la situación creada.
Conclusión
Con
la realización de este análisis hemos llegado a la conclusión que una sana
convivencia entre la comunidad educativa garantiza que el educando logre
alcanzar los aprendizaje deseado en cada nivel educativo.
Hemos
aprendido a través de este estudio que existen muchas maneras de corregir la
indisciplina en el salón de clase sin necesidad de recurrir a actos violentos
ni ofensivos que dañen o atenten con la integridad de nuestros estudiantes.
También
pudimos conocer algunos derechos y deberes de los educandos y la
responsabilidad del maestro en relación a estos. El conocimiento de las normas
de convivencia y disciplina escolar contribuyen a la creación de una cultura de
paz en donde cada miembro reconoce sus funciones dentro del entorno
educativo aunque esto sea pasado por
alto en ocasiones, pero es menor la probabilidad de que se incurra en faltas
graves.
Con
el estudio de este tema conocimos datos muy importantes que desconocíamos y que
son muy útiles en el ejercicio de la función del docente.
RECOMENDACIONES
Les
recomendamos a los estudiantes de educación tener pleno conocimiento sobre las
normativas de convivencia del sistema
educativo dominicano, ya que estas nos serán de gran utilidad al momento de ejercer nuestra función de
docente y nos ayudará a evitar inconveniente en el momento de implementar una
sanción.
Les
recomendamos a todos los maestros el conocer y aplicar estas normativas en el
ejercicio de sus funciones y enseñarla a sus alumnos para mantener el correcto
orden y disciplina en el salón de clase.
Bibliografía
- Normas del sistema educativo dominicano
para la convivencia y la disciplina escolar, Abril 2011,
MINERD.
- Reglamento de la instituciones educativas
privadas 4´2000, (pág. 37)
- Ordenanza 4´99, capitulo IX ( Pág. 22-24)
- Código del sistema de protección y
derechos fundamentales de los niños, niñas y adolecentes, art.48
Es un excelente material didáctico Para los estudiantes de educación en R.D
ResponderEliminarMuy productivo!
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